
Derechos y obligaciones de los niños dibujos
Los derechos del niño dibujados con facilidad
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Giacomo Biagioni versión pdfResumen: La incidencia de la protección de los derechos fundamentales es un factor de creciente importancia para la interpretación del Derecho internacional privado de la UE. En materia de responsabilidad parental, la aplicación de las normas de competencia jurisdiccional contenidas en el Reglamento (CE) 2201/2003 puede tener una incidencia significativa en los derechos del niño protegidos por el art. 24 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea. La sentencia del Tribunal de Justicia en el asunto UD (sentencia de 17 de octubre de 2018, asunto C-393/18 PPU) abordó un caso relativo a la noción de residencia habitual del menor, que desempeña un papel central en el marco del citado Reglamento y que está relacionado con el principio del interés superior del menor, como a menudo ha señalado el propio Tribunal. El Tribunal se negó a realizar una interpretación amplia de la noción, incluso en una situación en la que estaba en juego la protección de los derechos fundamentales, al tiempo que destacó el hecho de que los métodos y técnicas existentes del Derecho internacional privado ya pueden servir para ese fin.
Convención sobre los derechos del niño pdf
Además de los derechos humanos recogidos en la Declaración Universal de los Derechos Humanos, los niños y los jóvenes tienen derechos adicionales que reconocen que los jóvenes tienen necesidades especiales para ayudarles a sobrevivir y desarrollar todo su potencial. Los niños también tienen derecho a una protección especial debido a su vulnerabilidad a la explotación y los abusos. Los derechos específicos de los niños se recogen en la Convención sobre los Derechos del Niño.
Al firmar la Convención, los gobiernos nacionales se comprometen a proteger estos derechos en sus países. Casi todos los países del mundo se han comprometido con la Convención, lo que la convierte en el tratado de derechos humanos más ampliamente respaldado.
La Convención fue aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas y entró en vigor en septiembre de 1990. Australia ratificó la Convención en diciembre de 1990. Al ratificar -o en otras palabras, aprobar formalmente- la Convención, Australia se comprometió a garantizar que todos los niños de Australia disfruten de los derechos establecidos en el tratado.
Ratificación de la convención sobre los derechos del niño
Están abandonados. No tienen la oportunidad de pisar una escuela. Se les deja a su suerte en la calle. Sufren muchas formas de violencia. No tienen acceso ni siquiera a la atención sanitaria primaria. Son objeto de tratos crueles e inhumanos todos los días. Son niños -inocentes, jóvenes y hermosos- que se ven privados de sus derechos.
En la historia de los derechos humanos, los derechos de los niños son los más ratificados. La Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño (CNUDN) define los derechos del niño como los derechos y libertades mínimos que debe tener todo ciudadano menor de 18 años, independientemente de su raza, origen nacional, color, sexo, idioma, religión, opiniones, procedencia, riqueza, condición de nacimiento, discapacidad u otras características.
Estos derechos abarcan la libertad de los niños y sus derechos civiles, el entorno familiar, la atención sanitaria y el bienestar necesarios, la educación, el ocio y las actividades culturales y las medidas de protección especiales. La CDN de la ONU esboza los derechos humanos fundamentales que deben concederse a los niños en cuatro amplias clasificaciones que abarcan adecuadamente todos los derechos civiles, políticos, sociales, económicos y culturales de cada niño:
Crc/c/gc/12
Art. 366. Un tribunal podrá ordenar, por causa justificada, la emancipación plena o limitada de un menor de dieciséis años o más. La emancipación judicial plena confiere todos los efectos de la mayoría de edad a la persona emancipada, salvo que la ley disponga otra cosa. La emancipación judicial limitada confiere los efectos de la mayoría de edad especificados en la sentencia de emancipación limitada, salvo que la ley disponga otra cosa. [Actas de 1992, núm. 715, §1; Actas de 2008, núm. 786, §1, en vigor desde el 1 de enero de 2009].
Art. 367. El menor se emancipa plenamente por el matrimonio. La terminación del matrimonio no afecta a la emancipación por matrimonio. La emancipación por matrimonio no puede ser modificada ni anulada. [Actas 2008, Nº 786, §1, en vigor desde el 1 de enero de 2009].
Art. 368. El acto auténtico de emancipación limitada confiere al menor de dieciséis años o más la capacidad de realizar los tipos de actos jurídicos que en él se especifican, salvo que la ley disponga otra cosa. El acto será ejecutado por el menor y por sus padres, si existe la patria potestad, o por el tutor del menor, si no existe la patria potestad. Todos los demás efectos de la minoría de edad continuarán. [Actas 2008, nº 786, §1, en vigor el 1 de enero de 2009].
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